24 de mayo de 2012

Consultas & Respuestas: Consejo Parroquial

Consulta:

Muy buen día pertenezco a un grupo de una Iglesia en Guatemala, que se encarga de hacer actividades para recaudar fondos y realizar algunas mejoras y reparaciones del Templo, no pertenecemos a ningún otro grupo dentro de la iglesia, pero quiero saber cómo podemos llamarnos y si podemos formar parte del consejo de la Parroquia, que es un grupo de representantes de pastorales y comunidades junto con el párroco. ¿Cuál es la función de este consejo?

Respuesta:

En cuanto a cómo deben llamarse puede uno que se identifique con el propósito que buscan. Ejemplo... "Comité de Recaudación de Fondos para mejoras del Templo Parroquial." Si se integran al Consejo Parroquial o no queda a discreción del mismo párroco.

El Consejo de Pastoral Parroquial (CPP) (o Consejo Parroquial [CP]) busca realizar la elaboración del plan pastoral parroquial el cual deberá estar concentrado en el proceso evangelizador. El Párroco, en comunión con los demás ministros ordenados, o candidatos (seminaristas), actúa como Pastor y Guía de la Comunidad, y es auxiliado por dicho consejo parroquial. En otras palabras los miembros del consejo parroquial son las manos derechas del párroco funcionando con una sola.

El CPP es un organismo que debe ser presidido por el párroco. En el CPP todos los fieles, junto con aquellos que participan por su función en la pastoral de la parroquia contribuyen con su participación organizativa para el fomento de la actividad pastoral. El CPP es la primordial y fundamental modo de colaboración y diálogo, de aportación, discernimiento pastoral y corresponsabilidad de los fieles con su párroco para toda la actividad parroquial.

Este proceso estará animado y coordinado por un equipo de líderes laicos de la parroquia para organizar pastorales específicas. Los lideres y organizadores de los grupos y movimientos deben están integrados (como pequeña comunidad eclesial que tiene sus cimientos en Cristo y el Magisterio de la Iglesia) para organización de la pastoral de conjunto en la parroquia. Es de suma importancia conocer las necesidades pastorales de la comunidad. De esta forma, la función del consejo parroquial estará enfocada en bases realistas.

¿Cuál debe ser la labor del CP? Presentar al párroco las necesidades de los fieles, especialmente espirituales, y sus aspiraciones guiadas de su propio conocimiento y proyección, para declarar su opinión sobre aquellos puntos e ideas que ayuden a lograr una excelente pastoral de la Iglesia. Asistir al párroco a tener una conocimiento lo más íntegro posible de la realidad y pueda así estar alerta a los desafíos del mundo actual y ser sensible a las angustias y esperanzas de sus gentes compartiendo sus vicisitudes y, sobre todo, tomando una actitud de solidaridad con los pobres. Ayudar al párroco a implementar y a impulsar el plan pastoral (esto puede incluir recaudación de fondos económicos para cualquier necesidad dentro de la parroquia). Además los miembros del CP pueden realizar cualquier otra funciones que el párroco estime saludables y necesarias para implementar los planes de evangelización dentro de la comunidad parroquial.

En el CPP (CP) se deberán incluir:

·         Los presbíteros (sacerdotes) y diáconos que forman parte de la comunidad parroquial.

·         Representante(s) de cada comunidad religiosa.

·         Los coordinadores de las diferentes áreas de pastoral.

·         Los responsables de Formación de Agentes de Pastoral y/o Ministerios Litúrgicos (Ministros Extraordinarios Sagrada Comunión, Lectores, Monaguillos y Ujieres).

·         Los coordinadores de los principales grupos, asociaciones y movimientos que tienen actividad en la parroquia.

·         Un representante del Consejo de Asuntos Económicos.

La cantidad de personas que integran el CPP (CP) lo determina el párroco (o administrador parroquial), teniendo en cuenta lo señalado anteriormente, lo define el párroco, se sugiere un número que favorezca el diálogo y no sea difícil su convocación.

¿Cómo se deben desarrollar las reuniones del consejo parroquial? Nunca debe olvidar en cada sesión la oración al comenzar y al finalizar. La agenda para cada junta o reunión la establece el párroco. En cada sesión debe realizar la lectura del acta de la reunión anterior. Pueden los miembros del CP aconsejar al párroco asuntos a presentar en las reuniones del CP. Todos los miembros del CP deben participar activa, creativa y responsablemente en todas sus reuniones y manifestar con libertad y lealtad sus opiniones sobre aquellos puntos que le sean consultados. El párroco tiene el deber de escuchar con lealtad las opiniones de todos, aunque sean divergentes. Sólo a él le compete el tomar decisiones.
La creatividad para buscar vías nuevas en las tareas evangelizadoras de ninguna forma debe descender, sino que siempre llevará a reconocer aquellas actividades parroquiales que muy bien se pueden llamar atención pastoral básica. Todos en el CP (comenzando con el párroco y los sacerdotes) deben buscar a llevar un trato cercano y amigable hacia los fieles. Deben estar dispuestos a atender a los fieles. Deben animar la celebración digna de los sacramentos, meditación sencilla de la Palabra, fomentar la centralidad eucarística de toda acción evangelizadora. Deben dar acogida a los grupos buscando los recursos necesarios y posibles para la formación de la propia comunidad a través de la predicación y seguimiento cuidadoso de la maduración de los agentes de pastoral y evangelizadores para acciones específicas en la parroquia.

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